Ley 1/2025: qué exige a hoteles, restaurantes y caterings

La ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario obliga a medir lo que se tira, tener un plan para reducirlo y priorizar el aprovechamiento. Resumen práctico para cocinas profesionales.

Las obligaciones, en corto

  • Plan de prevención. Un documento que identifica dónde se pierde comida y qué medidas se aplican para evitarlo.
  • Medir y cuantificar. Saber cuánto se desperdicia, en qué punto y por qué. Sin datos, el plan no se puede justificar.
  • Jerarquía de prioridades. Antes de tirar, aprovechar: consumo humano, donación, piensos, industria y, al final, compost.
  • Acuerdos de donación con entidades sociales para los excedentes aptos.
  • Sobras para llevar. Los restaurantes deben ofrecer al cliente llevarse lo que no ha consumido, sin coste y en envases reutilizables o fácilmente reciclables, y avisarlo de forma visible. No aplica al bufé libre.

¿A quién afecta?

A toda la cadena alimentaria: producción, industria, distribución, comercio, hostelería y restauración, incluidos los restaurantes de los hoteles y los caterings. Quedan exentos del plan las microempresas y los establecimientos de 1.300 m² o menos.

Sanciones

Las infracciones son leves, graves o muy graves, con multas que pueden llegar a 500.000 €. No tener el plan de prevención obligatorio es una infracción grave.

La jerarquía de prioridades

El orden en el que la ley pide aprovechar los alimentos, de más a menos deseable.

  1. PrevenciónProducir y comprar solo lo necesario. Es la prioridad: lo que no se tira no hay que gestionarlo.
  2. Consumo humanoTransformar lo no vendido que sigue siendo apto en otros productos para personas.
  3. DonaciónDonar los excedentes que no se han podido evitar, mediante acuerdos con entidades sociales.
  4. Alimentación animalDestinar a piensos lo que ya no es apto para personas.
  5. Subproducto industrialUsarlo como materia prima en otra industria.
  6. Compost y energíaComo último paso, reciclarlo en compost o digestato, o valorizarlo como biogás.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 1/2025?

Es la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, publicada en el BOE el 2 de abril de 2025. Obliga a las empresas de la cadena alimentaria a prevenir el desperdicio, medirlo y priorizar el aprovechamiento de los alimentos.

¿Afecta a mi hotel o restaurante?

Sí, si formas parte de la hostelería o la restauración, incluidos los restaurantes de hoteles. Quedan fuera de la obligación del plan de prevención las microempresas (menos de 10 empleados y hasta 2 millones de euros de facturación o balance) y los establecimientos de 1.300 m² o menos.

¿Qué tengo que hacer?

Tener un plan de prevención del desperdicio, medir y cuantificar lo que se desperdicia, aplicar la jerarquía de prioridades (donación, transformación, alimentación animal, compost), buscar acuerdos de donación y permitir que los clientes se lleven lo que no consumen, salvo en el bufé libre.

¿Qué pasa si no cumplo?

Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con multas de hasta 500.000 € en los casos más graves. No disponer del plan de prevención obligatorio es una infracción grave.

¿Cómo me ayuda Effiwaste?

Medimos el desperdicio con datos reales (Effiwaste, Effiwaste App), redactamos el plan de prevención a medida, formamos al equipo y hacemos auditorías de seguimiento.

Fuente: Ley 1/2025, de 1 de abril, en el BOE. Este resumen es orientativo y no sustituye el asesoramiento jurídico.

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